STSJ de  Sentencia núm. 1965-13 de 25-9-2013. Tribunal Superior de Justicia Comunidad Valenciana. Ponente  D.JUAN LUIS DE LA RUA MORENO.

Revoca Parcialmente. (La de instancia fue estimatoria, proc.  281-13).

Resumen: DESPIDO IMPROCEDENTE. SUCESION EMPRESA. FINIQUITO. COMUNIDAD DE BIENES.

La Sentencia de instancia declaró la improcedencia del despido y condenó solidariamente a los demandados, por considerar que conjuntamente eran el verdadero empleador. Respecto a la antigüedad no dio trascendencia al finiquito.

La Sentencia de suplicación estima el recuro de uno de los condenados, por considerar que no se había constituido ninguna comunidad de bienes. En cuanto a la antigüedad no da validez al requisito, considerando que la única razón para su firma seria “…la presión generada para conservar su puesto de trabajo en la nueva iniciativa empresarial, lo que afecta directamente a la validez del consentimiento pues ya no cabe hablar de la manifestación de una voluntad libre e inequívoca, sino también porque claramente aparece desvirtuada la existencia, en la firma del tal documento, de una función transaccional con el objeto de evitar o poner fin  a una controversia,, por lo que nos e justifica la presencia de la posible vinculación del acto de disposición de los derechos laborales con la función preventiva del proceso que debe atribuirse a la suscripción del finiquito”.