Me permito el lujo de tomarme un minuto para leer el artículo 1 de nuestra denostada Constitución Española y me desconcierto al advertir que propugna como uno de los valores superiores de su ordenamiento jurídico la igualdad; Y en el artículo 14 del mismo cuerpo legal puedo ojear que todos los españoles somos iguales ante la ley.

Después, levanto la vista de la Carta Magna y resulta que, o la realidad está distorsionada por un súbito aumento de mis dioptrías oculares, o lo cierto es que la igualdad está tan violentada, reprimida, violada, vulnerada, forzada, desvirgada y tergiversada por las leyes de este país que tan sólo existe en papel mojado.

Las leyes, máximo instrumento de nuestro sistema social y democrático de derecho, se redactan por un número infumable de pseudopolíticos con una (falta de) formación, ética y experiencia que difícilmente conseguirían mantener orden y gestionar correctamente una empresa de 5 trabajadores sin llevarla a la quiebra en 12 meses. Pero la cosa pública sigue siendo un imán de «abrazasalarios» por gracia del «enchufismo» clientelista que mina los pilares del estado y de su espíritu constitucional.

Me decía, entre lágrimas, Noelia, enfermera interina del Hospital de una gran ciudad Valenciana, que llevaba 7 años trabajando para dicha administración, que le habían comunicado el fin de la relación laboral y que no era necesario que volviera por allí. Sin palmadita si quiera. Y por supuesto, sin indemnización fin de contrato. Si la ley la amparaba, si le correspondía algo, como a su prima, también enfermera en un hospital de una provincia limítrofe, que al despedirla por causas objetivas, tras 8 años en la empresa, le habían abonado 20 días por año de servicio.

Por primera vez sonreí antes de contestar a esa pregunta ante similares circunstancias de hecho. Le dije: «Noelia, puede que objetivamente tú y tu prima seáis iguales, puede que las dos tuvierais un contrato, que hubiera una causa objetiva para extinguir vuestros contratos, que se extinguiera vuestra relación laboral, pero tú eres interina (temporal) y tu prima fija. La Ley desarrollada no te ampara. Para ella tú no eres igual que tu prima. Para los legisladores tú no eres igual que tu prima. Para los políticos tú no eres igual que tu prima. Tú no mereces indemnización porque no eres fija.

Y ella me respondió: «¿pero eso no es discriminarme por ser trabajadora temporal respecto a los fijos?, si debe respetarse el principio de igualdad, ¿por qué se me discrimina? y ¿por qué te ríes?».

Y yo repliqué: «Sí, tienes razón. Las normas están llenas de manipulaciones de la igualdad para no dar a los ciudadanos lo mismo (que les corresponde). Y siempre, sin que sea una casualidad, aquello que intentan no dar es de naturaleza económica. Manipulaciones literarias fundamentadas en razonamientos enrevesados para intentar justificar que no existe esa igualdad. Que debemos graduarnos las gafas porque nos han aumentado las dioptrías.

Que para ellos no eres igual salvo que demuestres que eres el mismo individuo físico al que haces referencia fue concedido tal beneplácito. Garantía de una prueba diabólica de imposible cumplimiento. Quedando sometida a la arbitrariedad del títere de turno.

Pero me rio porque en Madrid, un ángel de la guarda elevó a los cielos una cuestión prejudicial. Y allí, en el firmamento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se ha dejado en evidencia a tantos incompetentes que han participado en el proceso de elaboración de las normas.

¿Ves esta Sentencia de 14 de septiembre de 2016 del TJUE que tengo en mis manos? Europa te ampara, Europa te considera igual que a tu prima, Europa enarbola la bandera del principio de igualdad y proclama en su sentencia que por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada. Me rio porque me alegro.

Así que deja de llorar. No quiero que las lágrimas de los trabajadores conviertan la igualdad de esta sentencia en papel mojado. Tenemos un año para reclamar las indemnizaciones y cuatro años si se trata de interinos en plazas de funcionarios o estatutarios. Sécate los ojos y defendamos tu igualdad«. 

José María Rico Muntó.

Abogado laboralista en Elche